Estas cosas solo pasan en el Perú.
Ingresar a un centro de trabajo y laborar en estado etílico, borracho, beodo, embriagado no es considerado falta grave según el Tribunal Constitucional y ha creado un precedente a través de una sentencia dictaminada.
Si, ocurrió aquí en el Perú y de hecho, fomentará el consumo de bebidas alcohólicas entre los trabajadores de cualquier empresa o institución. Mínimo un par de heladitas a la hora del refrigerio. No, no... dos más por mi cuenta y nos vamos.
El Tribunal Constitucional considera que “Resulta desproporcionado e irrazonable despedir a un trabajador por la concurrencia a su centro laboral en estado de embriaguez si es que dicho sujeto en ningún momento incurrió en algún acto de violencia, injuria o faltamiento de palabra verbal o escrita en agravio del empleador, del personal jerárquico o de otros trabajadores, ni ha ocasionado daño alguno al patrimonio ni al acervo documentario del empleador”.
Ocurrió así, en la sentencia recaída en el Exp. Nº 03169-2006-PA/TC.
O sea, el trabajador puede ingresar tambaleandose, con una botella de cerveza en la mano y cantando "El Arbolito"; mientras no cometa algún delito y no tenga antecedentes de actos de indisciplina no hay problemas, de lo contrario el despido es irrazonable.
Este fallo –advirtió un laboralista – está en abierta contravención con el artículo 25 del DS N° 003-97-TR, Ley de Productividad y Competitividad Laboral.
Al parecer,los viejitos del Tribunal Constitucional quieren dar su aporte al Plan Anticrisis fomentando el consumo de todo tipo de licores desde racumin hasta el chivas etiqueta azul.
El repuesto trabajador borrachin invitó a todos sus compañeros a brindar por su reposición. Hic.
martes, 13 de enero de 2009
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